Municipalidades deberán eliminar de sus TUPA dos cobros ilegales

Fallo del Indecopi obliga a eliminar cobro por declaración jurada y prescripción

Por Elizabeth Salazar Vega

Al cabo de cuatro años, toda deuda tributaria prescribe automáticamente si la respectiva municipalidad no ha iniciado acciones para el cobro. Sin embargo, si usted es de los vecinos que ha intentado pedir esta anulación para no seguir apareciendo como deudor de arbitrios, patrimonio predial, impuesto vehicular o impuesto de alcabala, se habrá dado con la sorpresa de que tal solicitud no solo implica un trámite previo, sino también un costo que podría llegar a S/.144. 

También hay entidades, como el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que cobran por cada trimestre que se quiera dar como prescrito. 

Todo ello quedará anulado, pues una investigación que la Comisión de Acceso al Mercado del Indecopi hiciera al SAT de Chiclayo determinó que imponer tal cobro atentaba contra los derechos del usuario y se contradice con la Ley de Procedimiento Administrativo General. La resolución señala que es responsabilidad de la municipalidad (y no del vecino) corroborar la prescripción señalada, por lo que no se le debe cargar a este el cobro del trámite. En este sentido, ordenaron eliminar del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) todo cobro referido a este concepto.

De acuerdo con estadísticas del Instituto Peruano de Administración Municipal (IPAM), en Lima y Callao existen 24 concejos distritales que cobran por prescripción de deuda, por lo que deberán emitir en el más breve plazo sus respectivas ordenanzas anulando el cobro. El monto exigido al usuario variaba entre los 5 soles, en Carmen de la Legua, y 55 soles, en Punta Negra, y 144 soles en Chorrillos. 

En el mismo fallo del Indecopi, se anula otra exigencia ilegal: el pago que debía hacer el usuario por obtener un simple formulario de declaración jurada. Como se sabe, la Ley 27444, de simplificación administrativa, señalaba que todo formato o formulario debe ser expedido por las entidades públicas de forma gratuita; sin embargo, en Los Olivos, Comas, San Bartolo, Santa Anita y otros distritos se exige entre 5 y 15 soles por entregar esta hoja fotocopiada de declaración de autovalúo al usuario.

Emiliano Villar Robles es uno de los vecinos de Jesús María que ha presentado su queja porque lo obligan a pagar S/.5 por cada formulario que necesita para tramitar la transferencia de una propiedad. "En la Jefatura de Rentas trataron de convencerme de que estos formularios tienen carácter de especie valorada y por eso debía pagar", señaló. 

El especialista en derecho municipal, Marco Tulio Gutiérrez, señaló que tal cobro nunca estuvo sustentado en la ley, y ahora, con el fallo del Indecopi, los concejos ya no pueden seguir teniendo excusas para mantenerlo vigente.

Sepa más 

- En las municipalidades distritales de Lima y Callao, se cobra por cada año que se quiera dar como prescrito. 

- La Ley 27444 ya señala que no puede existir cobros diferenciados en las entidades públicas que brindan el mismo servicio; sin embargo, en ambos trámites, que se deberán eliminar, ello sí ocurre. 

- La Ley de Procedimiento Administrativo General y la Defensoría del Pueblo han señalado que es ilegal cobrar por la entrega de formularios.